El gobernador Alfredo Cornejo consiguió este martes el primer paso de su plan para promover el desarrollo de la industria de la minería en Mendoza. El Senado de la Legislatura provincial convirtió en ley la reforma del Código de Procedimientos Minero, que apunta a agilizar la actividad en la provincia. Con un de 25 votos a favor y 12 en contra, la iniciativa se aprobó con el visto bueno oficialista y el respaldo de seis senadores del peronismo, que votó dividido. El demarchismo, a través de La Unión Mendocina, no acompañó. Ocurrió lo mismo con el Partido Verde.
El Gobierno de Mendoza apunta a que el nuevo código agilice los procesos para el desarrollo de nuevos proyectos mineros y generó las condiciones necesarias para atraer inversiones para estos emprendimientos. Una de las modificaciones realizadas al proyecto original, tiene que ver con la incorporación del Consejo de Minería como autoridad minera de la provincia “en segunda instancia” y como órgano consultivo. Tanto el Consejo como la Dirección de Minería, estarán bajo la órbita del Ministerio de Energía y Ambiente.
El Director de Minería atenderá y resolverá sobre los asuntos, peticiones y cuestiones que versen sobre los derechos mineros en todo el territorio provincial, y dictará las resoluciones definitivas que conceden, deniegan o declaran caducos los derechos mineros de acuerdo con lo dispuesto por el Código de Minería y la presente Ley, sin perjuicio de las restantes competencias, misiones y funciones, de conformidad a la Ley Orgánicas de Ministerios.
En tanto, el Consejo de Minería atenderá en la instancia recursiva contra las resoluciones apelables y que causen gravamen irreparable emanadas de la Dirección de Minería. Además, tendrá funciones de órgano consultivo cuando la Dirección lo requiera. El Poder Ejecutivo entenderá solo contra las resoluciones del Consejo de Minería.
Este Consejo estará integrado por un Consejero titular y uno suplente, ambos con título de abogado; otro titular y un suplente con el título de ingeniero en minas, geólogo, o ingeniero especializado con experiencia acreditada en minería o profesional con título de grado, que acredite experiencia por 5 años en materia minera; y un Consejero titular y un suplente representando a las cámaras empresarias y otras entidades afines a la minería en la Provincia, priorizando aquellas de mayor representatividad dentro del sector minero provincial. Estos últimos representantes serán seleccionados a partir de ternas propuestas por las cámaras o entidades afines que cuenten con la debida personería jurídica y sean suficientemente representativas de la actividad.
Fuentes
https://mendozatoday.com.ar/2024/04/23/con-votos-del-pj-y-la-negativa-de-lum-y-el-partido-verde-se-convirtio-en-ley-la-reforma-del-codigo-minero-de-cornejo/
https://www.mdzol.com/politica/2024/4/23/con-respaldo-del-pj-el-senado-aprobo-la-reforma-del-codigo-minero-de-alfredo-cornejo-422553.html
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